Los enunciados lingüísticos y la argumentación jurídica en las proposiciones y los alegatos.
“La palabra es un poderoso soberano, que con un pequeñísimo e invisible cuerpo realiza empresas absolutamente divinas”.
“La palabra es un poderoso soberano, que con un pequeñísimo e invisible cuerpo realiza empresas absolutamente divinas”.
3 tipos de discurso
- Elogio (vituperación)
- El discurso forense (comprende la defensa y acusación)
- La deliberación (que versa sobre lo útil).
Se puede ganar un proceso si los argumentos se plantean “con habilidad e independientemente de su veracidad”
En el discurso,Gorgias trata de establecer si los hechos ocurrieron o no. Al parecer, es la primera vez que se usa el término «apología» en el sentido de «defensa», y no únicamente como «narración». Gorgias propone dos posibilidades, y demostrada la falsedad de una de esas proposiciones, demuestra que la otra es verdadera.
Enunciados lingüísticos
- Contenido conceptual
- Contexto lingüístico
- Horizonte comprensivo
- Figuratividad del lenguaje
Paul Grice
Máximas de Grice:
- Máxima de cantidad: No más de lo necesario –> Saturación de la información
- Máxima de cualidad: No decir más de lo que se sabe y puede probarse
- Máxima de relevancia: Ir al grano –> Complicación del argumento
- Máxima de modalidad: Ser claro, evitar la obscuridad, ambigüedad, desorden y exageración
John Searle
Teoría de los actos del habla.
No informa sino realiza, promete, disuade, demanda, jura, acusa.
Dan Sperber
Teoría de la relevancia.
La relevancia no es lo mismo para el que emite, transmite o recibe.
John Langshaw Austin
Teoría de los niveles de penetración.
- Acto locutivo: El enunciado.
- Acto ilocutivo: El objetivo de la locución (amenazar, convencer, prometer, etc).
- Acto perlocultivo: Lograr el objetivo.
Robin Lakoff
Teoría de la cortesía.
- Considera un instrumento fundamental para el convencimiento argumentativo.
- El peso de aprobación identificar en qué momento ser agresivo, pausado, positivo, disuasivo.
La lógica jurídica para los argumentos
PRINCIPIOS LÓGICOS APLICADOS AL DERECHO.
IDENTIDAD – NO CONTRADICCIÓN – TERCERO EXCLUSO – RAZÓN SUFICIENTE
Principio de identidad.
- El principio de identidad fue formulado por primera vez como parte de una teoría de la realidad del «ser». Ese principio afirmaba algo tan general como que «El ‘ser’ es» (Parménides); esto puede ser explicado diciendo que «todo objeto es idéntico a sí mismo!.
- «A es A»
Principio de no contradicción.
- El principio nos dice, que ambos juicios no pueden ser verdaderos a la vez, por lo que, en tanto uno de ellos es verdadero, el otro necesariamente tiene que ser falso.
- «Es imposible que A sea B y que no sea B»
Principio de tercero excluso.
- Ete principio declara que todo tiene que ser o no ser «A es B, o no es B».
- Si decimos, por ejemplo, que «el perro es un mamífero» y que «el perro no es mamífero», no podemos rechazar estas dos proposiciones como falsas, pues no hay una tercera posibilidad.
- Es preciso reconocer que una alternativa es falsa y otra verdadera y que no cabrá una tercera posibilidad.
- Esta ley a menudo se utiliza en el proceso de demostración por reducción al absurdo.
Principio de razón suficiente.
- Planteado por el filósofo alemán Wilhelm Leibniz.
- «Todo cuanto es y se conoce, tiene una causa para ello»
- Todo cuanto existe tiene una razón de ser, es decir, nada existe sin causa o razón determinante.


